16 de mayo de 2025

PLATAFORMA DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL

PRESIDENTE

Ing. ELMER DE LA CRUZ BERNILLA

INTEGRANTES

Según el Art. 44 de la Constitución Política del Perú, establece «Son deberes primordiales del estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general».

La seguridad ciudadana es solo uno de varios componentes de la seguridad humana, aquel responsable de enfrentar las amenazas violentas y delictivas contra las personas y sus bienes. En realidad, incluye a todos los delitos contra las personas, como el homicidio, la agresión, la violación, el secuestro y la trata de personas, así como los delitos contra el patrimonio, tanto privado (robo, hurto y estafa) como público (soborno y cohecho).

La Seguridad Ciudadana está destinada a proteger a los ciudadanos frente a los hechos de violencia o despojo, lo que se persigue con un Plan de Trabajo planificado, para garantizar los derechos fundamentales, debiendo destacar la importancia que poseen las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, y los Comités Vecinales. Agrupaciones que constituyen elementos básicos en nuestro distrito, pues son los espacios en los que el Presidente del comité Distrital de Seguridad Ciudadana Ing. ELMER DE LA CRUZ BERNILLA, Juez de Paz, Sub-Prefectura, los representantes de diversas instituciones y la comunidad en su conjunto establecen las estrategias y acciones para desarrollar un trabajo colectivo orientado a enfrentar los problemas de inseguridad en nuestro distrito.

El Sr. Alcalde manifestó que continuará firmemente asumiendo el reto de práctica, en un proceso de concentración con las instituciones y ciudadanía con quienes se tiene como objetivo hacer de Salas el distrito más seguro y digno para vivir de la Región Lambayeque. Insertando estrategias que nos permitan:

  • Continuar realizando un dialogo constante con los vecinos en temas de seguridad.
  • Concertar el trabajo policial con las Juntas vecinales y el personal de Serenazgo de esta Municipalidad.
  • Integrar el trabajo institucional entre el juzgado de paz letrado, centros de salud, Instituciones Educativas, Asociaciones, clubes deportivos, los comités de defensa civil entre otros.
  • Capacitar a las Juntas Vecinales.
  • Coordinar con los directores de los centros educativos con la finalidad de programar charlas a través de videos en temas de drogadicción, alcoholismo, medidas de seguridad y valores.

Es así que se destinó una parte sustancial del Presupuesto Municipal para el servicio de seguridad ciudadana en el distrito:  Nuestros efectivos de serenazgo rondan el distrito durante las 24 horas del día.

 VER SI HAY RESOLUCION DE ESTE AÑO

 

El Programa Vaso de Leche es un programa Social Alimentario que implementa el Estado a través de las Municipalidades, el cual está dirigido a grupos más vulnerables de la población, el objetivo principal es mejorar la nutrición de beneficiarios que la ley lo señala.

El Programa del Vaso de Leche (PVL) fue creado en el Perú, mediante Ley Nº 24059, el 21 de diciembre del año 1984, sin embargo, entra en vigencia todavía el 4 de enero de 1985 en todas las Municipalidades Provinciales del país. Años más tarde, en 1994 mediante Directiva Nº 001-94-EF/76.01, el PVL es descentralizado y consecuentemente pasa a ser administrado directamente por las Municipalidades Distritales.

BASE LEGAL

  • Ley N° 24059, del 21 de diciembre de 1984, Ley de Creación del Programa del Vaso de Leche.
  • Ley N° 27470, que establece Normas Complementarias para la ejecución del PVL.

REQUESITOS PARA SER BENEFICIARIA DEL P.V.L.

  • Radicar en la jurisdicción del Distrito de Salas
  • DNI del titular o apoderada
  • Presentar su inscripción mediante partida de nacimiento, boleta de inscripción y/o declaración jurada debidamente verificado.
  • Certificado Médico o tarjeta de control prenatal para las madres gestantes.

INSCRIPCION DE BENEFICIARIOS

La inscripción se realiza a través de una ficha social, donde se consignan los datos de mayor importancia para el programa, luego se procede con la selección de beneficiarias que es a través de las visitas domiciliarias; esta labor consiste en que las Promotoras Sociales, en coordinación y participación activa de las representantes de cada Comité de base, visitan cada una de las viviendas de los beneficiarios con el propósito de rellenar la Ficha Social. El criterio para selección de beneficiarios se tiene en cuenta los siguientes parámetros: Carga familiar, estabilidad laboral, estado civil, tipo de vivienda, ingreso mensual.

MOTIVOS PARA PERDER LA CONDICION DE BENEFICIARIO

  • Niños que cumplen los 7 años
  • Cambio de distrito
  • Mejoras en la condición socioeconómica
  • Falsedad de datos
  • Duplicidad de beneficiarios
  • Fallecimiento del beneficiario

OBJETIVO DEL PROGRAMA

Contribuir a mejorar el nivel nutricional y nivel de vida de la madre y niño, reduciendo la mortalidad infantil, suministrando diariamente una ración complementaria a los niños, madres gestantes y en periodo de lactancia.

BENEFICIARIOS

  • Niños entre 0 -6 años
  • Madres Gestantes
  • Madres Lactantes
  • Ancianos (65 años a más)
  • Niños de 7 – 13 años (en caso de tener anemia)
  • Afectados por TBC

 

 

PENSION 65

Programa Social del estado cuya Misión es Brindar protección social a los adultos mayores de sesenta y cinco años a más, que viven en situación de vulnerabilidad; entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar los mecanismos de acceso de los adultos mayores a los servicios públicos mediante la articulación intersectorial e intergubernamental.

 Línea Gratuita 0-800-11-007